El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha suspendido de manera cautelarísima el acuerdo emitido por el Gobierno de Canarias que impedía la recepción de más menores migrantes en los centros de protección sin su autorización previa. Esta decisión se produce tras la petición de la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, argumentando que la medida podría afectar negativamente a un colectivo vulnerable como son los menores extranjeros no acompañados.
Motivos de la suspensión
El TSJC determinó que esta orden del Gobierno canario, que exigía la autorización expresa para el ingreso de nuevos menores en los centros gestionados por ONG, « podría comprometer los intereses de los menores ». La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC considera que esta instrucción altera el procedimiento habitual de recepción de los menores y podría poner en riesgo su bienestar, por lo que optó por suspenderla mientras se analizan más detalles.
Colapso en los centros y medidas urgentes
El Gobierno canario justificó esta orden ante el colapso que sufren los centros de acogida debido a la llegada masiva de menores migrantes en patera y por deficiencias en la documentación proporcionada por la Policía. Sin embargo, la justicia considera que aplicar este protocolo podría afectar gravemente a los derechos de estos menores vulnerables.
El TSJC también abogó por una mayor colaboración entre el Gobierno canario y el Ejecutivo central, recomendando que ambas partes trabajen de manera conjunta y coordinada para abordar el fenómeno migratorio que afecta de manera especial a Canarias.
Conflicto competencial y derechos de los menores
El Consejo de Ministros decidió impugnar este acuerdo del Gobierno canario ante el Tribunal Constitucional, argumentando que el protocolo vulnera competencias estatales y los derechos de los niños migrantes. La primera acogida de menores no acompañados es una competencia autonómica, y este tipo de medidas, según el Gobierno central, deben garantizar la protección y asistencia adecuada para los menores.
Este fallo judicial es una medida temporal, y el TSJC estudiará más a fondo el caso para dictar una sentencia definitiva.